El Ejecutivo comunitario ha decidido este martes enviar un dictamen motivado a España, último paso del procedimiento de infracción antes de denunciar el caso ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE), por "incumplimiento de la legislación" comunitaria sobre seguridad marítima en lo referido al "control de los buques" en el puerto por parte del Estado.
En particular, la Comisión Europea muestra "su preocupación por la falta de cualificaciones adecuadas de varios inspectores de control del Estado del puerto", afirma un comunicado.
Bruselas ha decidido seguir adelante con este procedimiento contra España en base "a los resultados de las inspecciones efectuadas en los Estados miembros por equipos de la Agencia Europea de Seguridad Marítima".
Unas inspecciones que "forman parte de un programa de vigilancia" del Ejecutivo comunitario y que tienen como objetivo la evaluación de la aplicación de la directiva sobre seguridad marítima por parte de los socios de la UE.
Según la Comisión Europea tanto España como Polonia aún no han aplicado adecuadamente la modificación de la dicha directiva realizada "a raíz del accidente del Erika con objeto de reducir la navegación por aguas comunitarias de buques deficientes".
Estas reglas europeas revisadas fomentan el "cumplimiento de la legislación internacional y europea sobre seguridad marítima, establece criterios comunes para el control de los buques por el Estado del puerto y armoniza los procedimientos de inspección e inmovilización".
Por ello, Bruselas también ha decidido enviar un dictamen motivado a Polonia, aunque en este caso las "irregularidades consisten en la falta de imposición por parte de las autoridades polacas de sanciones por infracción de las medidas nacionales de aplicación".
CONTROLADORES AÉREOS
De otra parte, la Comisión Europea ha decidido remitir una carta de emplazamiento-primer paso del procedimiento de infracción- a Madrid solicitando la explicación de las "medidas tomadas a nivel nacional para ajustarse a la sentencia del Tribunal de Justicia" -de 16 de octubre de 2008- que "condenó a España por falta de conformidad de su legislación en lo relativo al reconocimiento de los títulos de controlador de tráfico aéreo con las Directivas -89/48/CEE y 92/51/CEE- que establecen el sistema general de reconocimiento de titulaciones".
Ambas normartivas fueron sustituidas por la directiva relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales, en vigor desde el 20 de octubre de 2007, que no codificó sin embargo sustancialmente los mecanismos de reconocimiento aplicables en este caso", explica Bruselas.
Asimismo, España "todavía no ha incorporado a su ordenamiento jurídico interno la directiva -2006/23/CE- sobre la licencia comunitaria de controlador de tránsito aéreo" por lo que la "legislación española no contiene ninguna disposición sobre el reconocimiento de las cualificaciones profesionales de controlador de tráfico aéreo adquiridas en otro" socio comunitario, a pesar de lo establecido por las normas europeas, concluye.
(fuente)
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jueves, 16 de abril de 2009
Noticias ATC: Más Info sobre la multa al Sistema ATC español
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